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Carlos Iriarte ofrece audiencia pública en Temascaltepec

Contraportada. Redacción 

La cercanía permanente del PRI con los mexiquenses permite escucharlos, comprometerse con sus causas y dar respuesta a sus necesidades, aseguró Carlos Iriarte Mercado, presidente de este instituto político en la entidad, al encabezar otra de las jornadas de Audiencia Pública en tu Comunidad, realizada en Temascaltepec.

Puntualizó que conocer las inquietudes de los habitantes de todos los municipios  de la entidad fortalece el diálogo y la integración con la comunidad, y al interior del partido permite que existan cada vez más espacios de expresión e inclusión de las diferentes voces.

Señaló que la reunión con la gente del sur es parte del compromiso permanente del PRI de retomar las calles para conocer de viva voz las inquietudes y propuestas de todos los mexiquenses, pues por medio de este encuentro cotidiano, el PRI hace suyas las causas y demandas ciudadanas que serán la base para conformar sus propuestas políticas en el 2017.

El objetivo, dijo, es conocer las oportunidades que hay en las diferentes comunidades para enriquecer los compromisos que el PRI llevará a campaña como parte de una oferta política que se ha construido con la participación de los mexiquenses.

Luego de escuchar a vecinos  de Temascaltepec, Tejupilco, Otzoloapan, Tlatlaya, Zacazonapan, Valle de Bravo, Amatepec, Luvianos y San Simón de Guerrero, Iriarte Mercado recordó que estos ejercicios de comunicación permanente e intercambio de ideas entre la sociedad, la militancia y el partido, consolidan al PRI como un instituto político de puertas abiertas, incluyente y tolerante, en el que el trabajo de todos es importante para construir y abanderar objetivos comunes.

CDC

TEPJF revoca triunfos del PRI en Temascaltepec y Chiautla; habrá elecciones extraordinarias

Contraportada. Redacción.

Toluca, Edomex a 9 de diciembre de 2015.- La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las sentencias del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) de los municipios de Chiautla y Temascaltepec – cuyos resultados electorales del 7 de junio favorecieron al PRI-, y convocó a elecciones extraordinarias.
La Legislatura local deberá emitir la convocatoria respectiva y nombrar, mientras tanto, a autoridades interinas en ambos municipios.
Durante la sesión pública efectuada anoche, los integrantes del Pleno determinaron revocar las sentencias impugnadas, en el caso de Temascaltepec porque se comprobó que existió una reunión proselitista con la presencia del candidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Noé Barrueta, en el periodo de reflexión electoral, que por el momento en que ocurrió, constituyó una vulneración al principio constitucional de equidad en la contienda, por lo que quedó invalidada la elección de los integrantes de ese municipio.
En el caso de Chiautla, los magistrados encontraron fundado el agravio y suficiente para revocar la sentencia impugnada relativa a la nulidad planteada por violación al artículo 130 constitucional, ya que que el candidato electo a la presidencia municipal, Ángel Melo, realizó el acto de apertura de su campaña en un templo religioso del municipio, violando el principio constitucional de laicidad.
Por otro lado, los magistrados confirmaron los resultados de la elección a favor del PRI en Toluca al analizar un juicio de revisión constitucional electoral, con clave de identificación ST-JRC-365/2015, promovido por el Partido Acción Nacional en contra de una sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México.
En la sentencia se habían confirmado los resultados de la elección de miembros del ayuntamiento de la capital.
Los integrantes del Pleno consideraron infundados los agravios expuestos por el PAN ya que no logró demostrar los hechos que,manifestó, viciaron la elección, referentes a la difusión de encuestas dentro del periodo de reflexión, uso de recursos públicos y compra de votos, así como aquellos por los que se solicitó la nulidad de la elección por violaciones graves.
Calificaron infundado el agravio relativo al supuesto rebase de topes de gastos de campaña, ya que contrario a lo manifestado, el dictamen consolidado emitido por la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE), determinó que no existió tal rebase.
Asimismo declararon infundado el agravio relativo a la propaganda gubernamental en el periodo prohibido en virtud de que si bien no hay duda de la existencia de tal propaganda, la Sala Superior confirmó en la Sentencia SUP-JDC-685/2015 la legalidad de los espectaculares denunciados.
Por otro lado, confirmaron las sentencias emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de México en los municipios de Zacazonapan, Atizapán de Zaragoza, Ocoyoacac, Cuautitlán, Ozumba, Tonanitla y Malinalco.